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13/11/2012

Luz y taquígrafos para la contratación pública

Son tiempos de cambios en las administraciones públicas. La administración (afortunadamente) no es lo que era. A pesar de las resistencias personales e institucionales, cada vez son más las administraciones que han comprendido que deben cambiar al ritmo de la sociedad a la que sirven. Las leyes, los presupuestos, los procedimientos, la forma de organización de las personas, la tecnología, todo está en cuestión para mejorarlo. Y, de entre todos estos cambios, hay uno que merece una atención especial: la exigencia ciudadana de una administración más transparente y participativa. Ya no es suficiente con «ser eficaz», además del «qué» también importa el «cómo».

En este blog ya hemos analizado la relación que hay entre la contratación pública y la teoría del Gobierno Abierto, por eso ahora vamos a descender a un ejemplo más concreto: la publicidad en los procesos de contratación pública. Cuando una administración necesita contratar el suministro de un bien o la prestación de un servicio, tiene que hacerlo bajo un estricto marco normativo que procura un trato igualitario a todos los candidatos que quieran optar al contrato. Para garantizar la eficacia del procedimiento, entre otras medidas, la legislación obliga a la administración a dar publicidad a este procedimiento de diversas formas.

En primer lugar es obligatorio publicar un «anuncio de licitación«, con el que se expresa la intención de contratar algo y las condiciones básicas en que va a hacerse. El anuncio va acompañado de los «pliegos», en los que se detalla qué es exactamente lo que hace falta suministrar o cuáles son las características del servicio que hay que prestar. El anuncio (según las características del contrato) se publica en el «Perfil del Contratante» y también en los boletines oficiales que corresponda (DOUE, BOE, BOJA, BOP…)

El segundo gran instrumento para la publicidad del procedimiento es el acto de apertura de las proposiciones. Una vez que la administración ha recibido (en sobres cerrados) las propuestas de las empresas interesadas en participar, convoca un acto público en el que se dará a conocer el contenido de las mismas. Las empresas pueden participar en el acto y solicitar la información que estimen oportuna.

Una vez que la administración ha valorado las propuestas, mediante la aplicación de los criterios que se anunciaron en los «pliegos», procede a la adjudicación del contrato y se la notifica a todas las empresas participantes.

Por último, también se da publicidad sobre el resultado del proceso en el «Perfil de Contratante» y en los mismos boletines oficiales en que se publicó el anuncio de licitación.

Estos son los instrumentos básicos de publicidad. Pueden parecernos muchos o pocos, pero son más de los habituales: la contratación pública sigue siendo un ámbito pionero dentro de la transparencia del derecho administrativo, aunque también tiene mucho evolucionar. Iniciativas como la «licitación electrónica», que todavía no han alcanzado el desarrollo deseable, pueden poner la contratación administrativa en un nivel óptimo de participación y transparencia, justo en aquel que la sociedad está ya reclamando.

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